{"id":114,"date":"2025-11-25T12:59:16","date_gmt":"2025-11-25T17:59:16","guid":{"rendered":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/?p=114"},"modified":"2025-11-25T12:59:16","modified_gmt":"2025-11-25T17:59:16","slug":"seguridad-y-salud-en-el-teletrabajo-desafios-estrategias-y-adaptaciones-clave-en-colombia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/seguridad-y-salud-en-el-teletrabajo-desafios-estrategias-y-adaptaciones-clave-en-colombia\/","title":{"rendered":"Seguridad y Salud en el Teletrabajo: Desaf\u00edos, Estrategias y Adaptaciones Clave en Colombia."},"content":{"rendered":"\n<p>A partir de la pandemia del coronavirus, el mundo laboral acelero la adopci\u00f3n de una de las modalidades de contrataci\u00f3n, ya reguladas por nuestro ordenamiento jur\u00eddico, \u201c<em>EL TELETRABAJO\u201d,<\/em>&nbsp;pues, aunque este tipo de contratos se crearon desde hace d\u00e9cadas, la crisis sanitaria, sumada a la necesidad de uso de nuevas tecnolog\u00edas y digitalizaci\u00f3n permitieron la consolidaci\u00f3n del teletrabajo como uno de los contratos predominantes en el sector laboral hoy en d\u00eda. En Colombia, la Ley 1221 de 2008 y su Decreto Reglamentario 884 de 2012, adem\u00e1s, de la Resoluci\u00f3n 2827 de 2017 del Ministerio de Trabajo, reglamentan el objeto y fin de este tipo de contratos, asimismo establecen las condiciones m\u00ednimas de seguridad y salud en el trabajo que se deben garantizar; dichas normativas obligan a los empleadores a implementar medidas de SST adecuadas para los teletrabajadores, quienes deben tener las mismas condiciones de protecci\u00f3n que aquellos que laboran en las oficinas de la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p>El marco normativo colombiano sobre teletrabajo ha representado un gran avance en la formalizaci\u00f3n de esta modalidad laboral, que cuenta con aspectos positivos como \u00e1reas de mejora, entre ellas encontramos ciertos puntos clave a tener en cuenta, uno de ellos es que, no todos los trabajadores tienen acceso a las mismas condiciones tecnol\u00f3gicas y de infraestructura en sus hogares, lo que puede afectar el desarrollo adecuado de las obligaciones laborales a su cargo, como tambi\u00e9n es de prever que, el aislamiento y la falta de separaci\u00f3n entre vida laboral y personal, pueden representar efectos negativos en la salud mental de los teletrabajadores, un aspecto que a\u00fan no est\u00e1 suficientemente abordado por la legislaci\u00f3n actual.<\/p>\n\n\n\n<p>Como punto a favor, se recalca que el teletrabajo ha permitido a muchas empresas continuar operando y a los empleados mantener sus trabajos, pero tambi\u00e9n ha revelado la necesidad de adaptar medidas m\u00ednimas y necesarias en el \u00e1mbito de salud en el trabajo, con un enfoque directo a la prevenci\u00f3n de accidentes de trabajo y la derivaci\u00f3n de enfermedades laborales garantizando un entorno laboral seguro, incluso fuera de las instalaciones tradicionales de la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, en relaci\u00f3n a la seguridad y salud en el trabajo, entendemos que el empleador debe garantizar la entrega de los elementos y herramientas para el desarrollo en condiciones adecuadas al contrato celebrado, para el caso del teletrabajo surge una inquietud general para las empresas, y es: \u00bfLas herramientas, equipos y elementos son suministrados por el empleador o por el teletrabajador? Para dar respuesta a esta duda, tenemos que, de acuerdo con lo ordenado en la Resoluci\u00f3n 2827 de 2017, el empleador es quien debe suministrar las herramientas para la realizaci\u00f3n del teletrabajo, tales como: equipos de c\u00f3mputo, software, repositorios virtuales y programas requeridos para el desarrollo de la labor contratada, estando en cabeza del teletrabajador la obligaci\u00f3n y deber de cuidado de los equipos y herramientas suministradas. A su vez puede derivarse otro escenario en el que, por ejemplo, el trabajador sea quien ponga a disposici\u00f3n del empleador, sus propios equipos y herramientas de trabajo, caso en el cual, el empleador se obliga a reconocer un valor mensual compensatorio por el uso de estas herramientas.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, abarcando directamente los factores de riesgo que pueden presentarse en el teletrabajo, el Decreto 884 de 2012 en el art\u00edculo 8, mantiene la obligaci\u00f3n para el empleador de no s\u00f3lo establecer una pol\u00edtica de seguridad y salud en el trabajo, sino tambi\u00e9n la inclusi\u00f3n de estrategias que promueva la salud del trabajador, como una forma de prevenir factores de riesgo, sobre todo los riesgos psicosociales; aunado a lo anterior se hizo necesaria la creaci\u00f3n de la Ley 2191 de 2022, m\u00e1s conocida como la Ley de Desconexi\u00f3n Laboral, que va concordante con la Ley 1562 de 2012 para brindar una mayor protecci\u00f3n del trabajador, en cuanto al respeto de los espacios en los que el teletrabajador no puede ser requerido.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n con los riesgos psicosociales y las eventuales enfermedades laborales que puedan surgir, la disponibilidad del trabajador, el n\u00famero de horas laborales, la carga del hogar, el uso de las tecnolog\u00edas, la brecha digital, el s\u00edndrome del quemado, factores tanto extra laborales como intra laborales, entre otros, pueden, vulnerar la salud f\u00edsica y\/o mental del teletrabajador y, adem\u00e1s, pueden generar tanto responsabilidad objetiva como subjetiva, esta \u00faltima de acuerdo con el art\u00edculo 216 del C\u00f3digo Sustantivo del Trabajo (sector privado) o con los elementos de la reparaci\u00f3n directa (sector p\u00fablico)\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Bajo este contexto tenemos que, si bien la normativa actual en Colombia ofrece una base s\u00f3lida, es necesario continuar ajust\u00e1ndola y perfeccion\u00e1ndola para abordar los desaf\u00edos emergentes, para esto las empresas pueden llevar a la practica ciertas acciones tales como,&nbsp;<strong>(i)<\/strong>&nbsp;realizar una adecuada evaluaci\u00f3n de riesgos con la participaci\u00f3n activa de los teletrabajadores&nbsp;<strong>(ii)<\/strong>&nbsp;implementar programas de capacitaci\u00f3n continua sobre ergonom\u00eda, gesti\u00f3n del tiempo y bienestar mental&nbsp;<strong>(iii)<\/strong>&nbsp;proveer a los teletrabajadores de los equipos necesarios para realizar sus tareas de manera segura, como sillas ergon\u00f3micas y dispositivos tecnol\u00f3gicos adecuados&nbsp;<strong>(iv)<\/strong>&nbsp;establecer pol\u00edticas claras de desconexi\u00f3n laboral para evitar el agotamiento y promover un balance saludable entre trabajo y vida personal&nbsp;<strong>(v)&nbsp;<\/strong>facilitar mecanismos de supervisi\u00f3n no invasiva y ofrecer apoyo psicol\u00f3gico a los trabajadores que lo necesiten.<\/p>\n\n\n\n<p>Para concluir, es claro que, el teletrabajo se ha convertido en una parte esencial del panorama laboral moderno. Asegurar que los teletrabajadores tengan condiciones de seguridad y salud adecuadas es fundamental para su bienestar y productividad, garantizando que todos los trabajadores, sin importar d\u00f3nde se encuentren, puedan trabajar en un entorno seguro y saludable.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A partir de la pandemia del coronavirus, el mundo laboral acelero la adopci\u00f3n de una de las modalidades de contrataci\u00f3n, ya reguladas por nuestro ordenamiento jur\u00eddico, \u201cEL TELETRABAJO\u201d,&nbsp;pues, aunque este tipo de contratos se crearon desde hace d\u00e9cadas, la crisis sanitaria, sumada a la necesidad de uso de nuevas tecnolog\u00edas y digitalizaci\u00f3n permitieron la consolidaci\u00f3n&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":115,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_kadence_starter_templates_imported_post":false,"_kad_post_transparent":"","_kad_post_title":"","_kad_post_layout":"","_kad_post_sidebar_id":"","_kad_post_content_style":"","_kad_post_vertical_padding":"","_kad_post_feature":"","_kad_post_feature_position":"","_kad_post_header":false,"_kad_post_footer":false,"_kad_post_classname":"","footnotes":""},"categories":[3,10,11,12,7,13],"tags":[],"class_list":["post-114","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-derecho-laboral","category-derecho-societario","category-legal","category-noticias","category-propiedad-intelectual","category-seguridad-social"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/114","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=114"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/114\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":116,"href":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/114\/revisions\/116"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/media\/115"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=114"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=114"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/newsletter.azclegal.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=114"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}